Párrafo 1660

1660. La alianza matrimonial, por la que un hombre y una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y de amor, fue fundada y dotada de sus leyes propias por el Creador. Por su naturaleza está ordenada al bien de los cónyuges así como a la generación y educación de los hijos. Entre bautizados, el matrimonio ha sido elevado por Cristo Señor a la dignidad de sacramento (cf. GS 48,1; CIC can. 1055, §1).


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335. ¿Qué efectos produce el sacramento del Orden?

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404. ¿Qué más requiere una auténtica convivencia humana?

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261. ¿Es necesario el Bautismo para la salvación?


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