El colegio de los obispos, en comunión con el Papa y nunca sin él, ejerce también él la potestad suprema y plena sobre la Iglesia.
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Párrafo 883
883. "El colegio o cuerpo episcopal no tiene ninguna autoridad si no se le considera junto con el Romano Pontífice [...] como Cabeza del mismo". Como tal, este colegio es "también sujeto de la potestad suprema y plena sobre toda la Iglesia" que "no se puede ejercer a no ser con el consentimiento del Romano Pontífice" (LG 22; cf. CIC, can. 336).
Párrafo 884
884. La potestad del colegio de los Obispos sobre toda la Iglesia se ejerce de modo solemne en el Concilio Ecuménico "(CIC can 337, 1). "No existe Concilio Ecuménico si el sucesor de Pedro no lo ha aprobado o al menos aceptado como tal" (LG 22).
Párrafo 885
885. "Este colegio, en cuanto compuesto de muchos, expresa la diversidad y la universalidad del Pueblo de Dios; en cuanto reunido bajo una única cabeza, expresa la unidad del rebaño de Dios" (LG 22).
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